Entre el mal gusto y el delito en la publicidad
10 mar 2017
Post de Mar Rodríguez.
Llevamos unos días de auténtico revuelo en el mundo de la moda y más concretamente en el de la publicidad. Una de las firmas más importantes del mundo y, hasta ahora una de las más elegantes, ha desatado los demonios de la sociedad lanzando una campaña publicitaria, bajo mi punto de vista, soez y de mal gusto, amén de haber podido incurrir en una serie de delitos contra la dignidad de las mujeres.
El gigante Yves Saint Laurent ha sido conminado a retirar completamente la campaña en la que muestra mujeres en poses, para muchos, explícitamente sexuales, que según las autoridades francesas en la materia pueden ser constitutivas de un delito de incitación a la violación.
Como jurista y sin apartarme de las normas, posiblemente más de las que regulan el buen gusto y la elegancia de las estrictamente jurídicas, debo partir de la base de que la publicidad es transgresora de por sí y por supuesto no está exenta nunca de polémica, aunque lo de la infracción legal o la comisión de un delito ya es más discutible desde el punto de vista estrictamente penal.
Bajo mi punto de vista, a quien más daño hace este escándalo es a las Instituciones francesas, pues constitucionalmente y recientemente a través de la Ley 2014-873 de 4 de agosto para la igualdad real entre los hombres y las mujeres adquiere el firme compromiso político de desarrollar acciones de prevención y lucha contra los estereotipos sexistas y protección de las mujeres ante las afrentas a su dignidad. Evidentemente, nada nuevo en los tiempos que corren y en un país europeo y civilizado, pero también en un país donde la elegancia de la mujer se ha considerado siempre una enseña, tanto a en materia cultural como en el mundo de la moda y el diseño, en el que Francia es un país cuna de grandes creadores.
Ahora bien, ¿realmente constituye un delito esta campaña o no es mas que es un atentado al buen gusto? Como mujer, simplemente me parece grosera y poco acertada. Como Letrada, no le encuentro encaje jurídico para considerarla un delito de incitación a la violación. ¡Cuidado con esto! ¿Es también incitación a la violación, a sensu contrario, una fotografía de un hombre desnudo o semidesnudo en pose insinuante anunciando calzoncillos o perfume?
La conducta que tipifica el delito de incitación a la violación es la acción de mover o estimular a alguien a que ejecute algo. Realmente, no veo que los publicistas de Yves Saint Laurent pretendan con estas fotos estimular las ganas de violar mujeres en los hombres. Y si las propias mujeres pensamos esto, muy poco hemos avanzado hacia la igualdad, pues en cierto modo nosotras mismas nos estamos considerando “objetos de deseo” y no sólo de deseo, sino de depravación……..Personalmente me parece muy fuerte.
¿Qué le puede pasar a Yves Saint Laurent? Pues realmente y para no alborotar más a la opinión pública ni a los poderes fácticos, retirará parte de su campaña y pedirá disculpas por no haber sido su intención ofender a las mujeres, etc., pero poco más.
Muchas han sido y son las campañas publicitarias que de algún modo u otro “traspasan” los límites de lo políticamente correcto, incluso muchos años antes de que estos conceptos se regularan jurídicamente, como es el caso de Benetton que, desde el principio de los tiempos, ha realizado anuncios de más que dudosa ética, moral o como queramos llamarle.
Concluyendo, me reitero en el título del post y en lo expresado al principio, hay una diferencia grande entre lo soez, grosero y de mal gusto con la comisión de un delito. Insisto, dudo muy mucho que la intencionalidad de esta campaña, como la de otras, sea “jalear” o “animar” al hombre a que cometa tratos degradantes hacia la mujer ni mucho menos a cometer una atrocidad como es una violación.
Nacho Espada
Nacho Espada es consultor en comunicación, RRPP y márketing estratégico ,socio de "Tendence & Law", despacho de consultoría jurídica y de comunicación estratégica para los sectores de la Moda y Lujo.
Mar Rodríguez es abogada en Rubio,Rodríguez y Marín SLP y consultora jurídica en "Tendence & Law".
Síguenos en Fb en la page "Tendence & Law" y en Twitter @Tendenceandlaw
Otros artículos de Nacho Espada
‘Blockchain’ en la moda… ¿Es la apuesta correcta?
La importancia de la ciberseguridad en la moda
La causa justa en el uso de las marcas registradas
Gestionando la crisis en tiempos revueltos
El modelo ‘start up’ en la empresa de moda
David, a veces, vence a Goliat
El 'brexit' y la moda española
La ilusión como componente principal de la cosmética de lujo
Los retos de la logística en moda para 2016
El ecommerce y su reciente regulación comunitaria
¿Lujo es el nuevo arte conceptual?
La corona y la moda
Fast Fashion: ¿causa o efecto?
Expectativas del lujo español
Fingiendo, Faking It.
‘Storytelling’ del lujo
¿Todos los diseños son patentables y protegibles?
Global brand manager, to be or not to be...
Perfumes 'low cost'
Luces y sombras en Nueva York
Artículos de otros autores
Diversidad, equidad e inclusión… ¿de verdad?
Las materias primas recuperan la llave de la moda
El secreto de la sostenibilidad en la moda: más cívicos y menos cínicos
Carolina Herrera sigue siendo la emperatriz de Nueva York
The best and the brightest
Mystery branding, misery branding
Emisiones, agua y cambio climático: la huella ambiental de la moda
Una década de Mercedes-Benz Fashion Week Madrid
ESG: diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y derechos humanos
Economía circular y moda
Nuevas tendencias en la gestión del residuo textil
Cretinismo de luxe
Igualdad, pero no mucho
Fashion, Data and Robots
El nuevo normal era esto
La otra nueva Ruta de la Seda
La revolución empieza por las personas
Sobre las colaboraciones (o cómo no destruir tu propia marca)
Un nanosegundo en el metaverso
Selección natural en el sector textil, sostenible sí o sí