Entorno

Aranceles y cupos antes de Trump: el rol singular del textil en otras guerras comerciales

En una economía global en proceso de integración, el acuerdo del algodón de 1961 y el Pacto Multifibras de 1974 limitaron el comercio mundial de la moda. Las barreras comerciales que impone Trump ya se vieron en el pasado.

Aranceles y cupos antes de Trump: el rol singular del textil en otras guerras comerciales
Aranceles y cupos antes de Trump: el rol singular del textil en otras guerras comerciales

Christian De Angelis

5 feb 2025 - 05:00

Un papel singular en la historia de la globalización económica. Este ha sido el rol que ha tenido el textil en las negociaciones entre países para establecer un marco adecuado para el comercio iniciadas tras la Segunda Guerra Mundial, en una historia de la que se podría abrir un nuevo capítulo si, ahora, el poder simbólico de la moda vuelve a hacer de este sector instrumento para la geopolítica de las grandes potencias mundiales.

 

La excepcionalidad de la moda se evidenció ya en 1961 y, de nuevo, en 1974, cuando el llamado Acuerdo Multifibras se convirtió en una excepción de las normas liberalizadoras predecesoras a la Organización Mundial del Comercio (OMC). Como actividad intensiva en mano de obra, Occidente logró entonces carta blanca para proteger con cupos a esta industria, ralentizando una mundialización del sector que no pudo dispararse (aunque lo hizo muy rápidamente) hasta 2005.

 

Las condiciones al comercio de textiles y ropa que se han fijado en los diferentes momentos históricos son tan relevantes que han condicionado toda la configuración del sector. ¿Qué precedentes tiene la moda en la guerra comercial que podría abrirse en el mundo de Donald Trump?

 

 

 

 

Las normas del comercio mundial tuvieron su germen el 30 de octubre de 1947, cuando 23 países firmaron el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (Gatt) en Ginebra. Este pacto recogía concesiones arancelarias multilaterales y normas contra otras medidas que pudieran restringir el comercio. En La Habana, Annecy (Francia), Torquay (Inglaterra) y Ginebra, el proceso liberalizador fue aumentando con los años e incorporando a un mayor número de países y sectores.

 

En 1961 llegó la primera excepcionalidad para el textil, cuando se firmó el acuerdo a corto plazo relativo a los artículos de algodón. Este acuerdo fue fijado como excepción a las disposiciones del acuerdo general, y permitía la negociación de contingentes (límites) para las exportaciones de los países productores de algodón. Un año después, en 1962, el acuerdo a corto plazo pasó a ser el acuerdo a largo plazo y estuvo vigente hasta 1974, cuando entró en vigor el Acuerdo Multifibras.

 

Este segundo acuerdo, que perduraría hasta 1994, supuso de nuevo un tiempo de descuento para el textil en Occidente, ya que daba la potestad a los países de suspender el libre comercio de mercancías. La OMC explica que “la cuestión de los textiles era una de las más tenazmente controvertidas en la OMC, como lo fue también en el anterior sistema del Gatt”. 

 

 

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¿Qué permitía el Acuerdo Multifibras? Los países podían tomar medidas unilaterales para limitar las importaciones de textiles, siempre que consideraran que un aumento rápido de las mismas perjudicara a la industria local. Una suerte de America First, versión años setenta: limitar el producto de fuera para proteger el empleo local.

 

“La característica más destacada -explica la OMC- eran los contingentes, que estaban en conflicto con la preferencia general del Gatt por los aranceles aduaneros en vez de las restricciones cuantitativas; había también excepciones del principio del Gatt de igualdad de trato para todos los interlocutores comerciales, ya que se especificaban las cantidades que el país importador aceptaría de los distintos países exportadores”.

 

Estados Unidos, Canadá, Austria, Finlandia, Noruega y la Comunidad Europea, seis de los 44 firmantes del Acuerdo Multifibras al final de su vigencia, aplicaban estas limitaciones casi en exclusiva para frenar las importaciones de textil y confección de países en desarrollo y proteger así su industria local.

 

Ya en el marco de la OMC, en 1995 se puso fecha para terminar con este tiempo de descuento: el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV) dio un plazo de diez años para que el sector se viera plenamente integrado en las disposiciones normales del libre comercio mundial. Hasta hoy, el ATV es el único Acuerdo de la OMC en el que se preveía su propia destrucción.

 

Lo ocurrido desde el 1 de enero de 2005 es el desmantelamiento de la industria textil en países como España (de más de 257.500 trabajadores en 2003 a unos 140.000 puestos de trabajo en la actualidad).