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Louis Vuitton protege su damero gracias a la Red

El Tribunal General ha anulado una sentencia de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE al considerar justificada la protección del damero de Louis Vuitton en todo el territorio europeo por la actividad online de la marca.

P. R. D.

12 jun 2020 - 04:51

Louis Vuitton protege su damero gracias a la Red

 

 

LVMH da un paso más en la protección del damero de Louis Vuitton. El Tribunal General ha echado atrás una sentencia de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo) que consideraba que el registro del signo figurativo no quedaba justificado en el conjunto de países de la Unión Europea (UE), fundamentalmente porque Louis Vuitton no dispone de tiendas físicas en algunos países. El Tribunal General insta a la Euipo a fallar de nuevo y a que considere toda la actividad online del grupo francés como muestra de la notoriedad de la marca en todo el territorio.

 

Lo que para LVMH es un camino más recorrido en la defensa de sus marcas, es una novedad también porque “el Tribunal ha puesto de manifiesto la importancia de la visibilidad online de las marcas como prueba de la adquisición de distintividad por el uso, que hasta ahora, ha resultado harto complicada de acreditar ya que se exige hacerlo en todos los territorios de la Unión Europea”, señala Carmen González, directora de marcas de Pons IP.

 

“El Tribunal afirma que hoy en día, el hecho de que no haya una tienda física en un estado miembro no necesariamente impide que el público relevante en ese estado se familiarice y, al verla, la reconozca como originaria de su propietario”, agrega la abogada. Por otro lado, en breve la Euipo deberá decidir que la marca patrón es marca renombrada en la UE. “La sentencia del Tribunal sobre una marca no convencional, como es una marca de patrón, evidencia la idoneidad de este tipo de firmas para identificar y posicionar productos en el mercado frente a las marcas denominativas o figurativas”, afirma González.

 

 

En noviembre de 2008, Louis Vuitton obtuvo de la oficina internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) el registro internacional respecto a la UE de la marca consistente en el signo figurativo del Damier Azur, el característico estampado de la firma gala.

 

El registro internacional, que se solicitó para productos como maletas, bolsas, baúles, neceseres y otros artículos de viaje, llegó a la Euipo en diciembre de 2008 y, un año más tarde, en noviembre de 2009, se le concedió una protección equivalente a la que se da a una marca de la UE.

 

Sin embargo, en junio de 2015 se presentó ante la Euipo una petición de anulación de los efectos del registro internacional, que fue aceptada en diciembre de 2016. Dos meses más tarde, Louis Vuitton recurrió ante la Euipo, pero su recurso fue desestimado en noviembre de 2008, por lo que la firma de LVMH recurrió ante el Tribunal General.

 

 

 

 

 

El pasado miércoles, el organismo comunitario anuló la resolución de la Euipo. Louis Vuitton se dirigió al Tribunal General esgrimiendo que la Euipo se había equivocado al valorar el carácter distintivo de la marca y, de hecho, el tribunal insta a la oficina de propiedad intelectual a llevar a cabo una revisión más profunda de las pruebas aportadas por la firma.

 

La Euipo consideró que la notoriedad de la marca debía ser probada por países y que Louis Vuitton no lo había hecho en países del Europa del Este como Bulgaria, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Letonia y Lituania, fundamentalmente porque la firma no posee tiendas en dichos mercados.

 

El Tribunal General considera que carecer de tiendas no impide que la marca sea notoria, pues el público de dicho país puede acceder a los productos a través de Internet. La entidad señala que “al decidir examinar únicamente una pequeña parte de las pruebas presentas por Louis Vuitton y hacer abstracción del conjunto del resto de las numerosas pruebas aportadas, sin dar ninguna explicación al respecto, la Euipo cometió un error de derecho, puesto que llevó a cabo una apreciación parcial de las pruebas del expediente”.

 

En el análisis de las pruebas presentadas por Louis Vuitton, la Euipo no tuvo en cuenta informes sobre el uso de la palabra Damier Azur en redes sociales como Instagram o la estrategia de márketing de la compañía.